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sábado, 23 de noviembre de 2013

EL PAGO DEL APORTE AL IND

Fondo Nacional del Deporte. Foto tomada dewww.mindeporte.gob.ve
Como parte de la formación de gerentes en asuntos deportivos, es necesario entender la manera de como en Venezuela se trata de complementar los patrocinios deportivos a una figura denominada Fondo Nacional del Deporte. Así pues, utilizo mi espacio de esta semana para indicar las nociones básicas de lo que es el pago de las obligaciones fiscales de la Ley del Deporte. Este pago fue objeto de muchas controversias cuando fue instaurado y a la fecha de hoy no ha generado los resultados esperados, por cuanto los dineros pagados por las grandes empresas al IND no han sido claramente utilizados en los proyectos en si, si no mas bien en tapar ciertos huecos.

La Ley del Deporte establece que las empresas que generen en utilidad neta de más de Bs. 2.140.000  (20.000 unidades tributarias para 2.013) deberán pagar una alícuota del 1% al Fondo Nacional del Deporte, el cual es administrado por el Instituto Nacional de Deportes (IND). Este fondo tiene por objeto financiar los proyectos deportivos en el país para todos los deportes, haciendo énfasis en proyectos de mejoramiento de infraestructuras y desarrollo deporte menor. Las empresas pueden escoger pagar hasta la mitad de su aporte en proyectos de su selección que se encuentren debidamente registrados en una base de datos que lleva el IND. Cuando el IND registra estos proyectos, emite un certificado o aval por el costo del mismo a favor del ente que presenta el proyecto, el cual es de allí en adelante denominado beneficiario. Entre estos posibles beneficiarios están todas las Federaciones Deportivas Nacionales, el Comité Olímpico y Paralímpico Venezolano y los equipos de deporte profesional. Los beneficiarios pueden ir a las empresas que deban pagar el aporte y “venderles” sus proyectos. La empresa interesada en un mismo acto firma un contrato donde hace el pago del aporte al beneficiario y a cambio obtiene el certificado o aval, que luego utiliza para deducir hasta la mitad del aporte que debe hacer en virtud de la Ley. En este contrato no se pueden estipular contraprestaciones publicitarias más allá de las que indique y permita el IND, que evita a toda costa que este aporte se perciba como un patrocinio comercial, es decir solo se permite presencia de marca muy limitada. El IND tiene amplia competencia de fiscalización de estos proyectos.

Se recomienda a las empresas privadas utilizar la figura del aporte como manera de apalancar los patrocinios comerciales que vaya a realizar, pero no tomar el aporte como una estrategia de patrocinios en sí. Se estipula la posibilidad de realizar el aporte y en contratos accesorios realizar otros acuerdos publicitarios a favor de los beneficiarios para aumentar la presencia de marca, realizando una negociación macro. Se recomienda invertir en solo proyectos que resulten estratégicos para las empresas, más allá de la publicidad comercial que se pueda generar. Existe el riesgo de que se firme el contrato, se realice el pago, y luego el IND no quiera reconocer la validez del acuerdo con el beneficiario y exija el pago completo, sin validar lo pagado en proyectos. En el futuro cercano se espera que el IND emita pocos avales o certificados por estar este en números rojos después del último año electoral.

Se prevén cambios en el sistema donde se va a automatizar el proceso y se va a forzar a las empresas a pagar el 1% para luego estas indicarles al IND, donde quieren que esta utilice hasta la mitad de los fondos erogados. Dependiendo de la cantidad del aporte, se recomienda estudiar las propuestas donde se pueda realizar parte importante del aporte (pago de proyectos grandes, en vez de pago en varios acuerdos pequeños) y que ayuden a apalancar alguna acción estratégica de la empresa, buscando asegurarse que el IND luego no vaya a presentar objeción alguna al proyecto. En general expertos fiscales ven lo aquí expuesto como algo riesgoso y con pocas contraprestaciones, sin embargo hay que mencionar que las grandes empresas han logrado realizar en el pasado el pago en proyectos de manera exitosa y con esto apalancar acciones estratégicas de estas.

Para el año fiscal 2014 se espera que la plataforma de pagos y asignación de proyectos del Fondo Nacional del Deporte sea través del internet y sea totalmente transparente, con esto el escenario se va a simplificar y se presenta la oportunidad de tener a la industria privada más involucrada con esta figura del Fondo Nacional del Deporte. En ese sentido le doy la bienvenida a los nombramientos que en ese concepto ha hecho la Ministra Alejandra Benítez  tanto en la oficina de Tecnologia, como con la oficina del Fondo Nacional del Deporte, regidas ambas por gente profesional y apta para desempeñar con excelencia las responsabilidades asignadas.



Por  @Fernandoarenas | Fernando Enrique Arenas Molinet 

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